LICENCIA URBANÍSTICA | DECLARACIÓN RESPONSABLE


Voy a reformar mi baño y cambiar el pavimento de mi vivienda ¿Necesito pedir licencia de obra a mi ayuntamiento? ¿Se trata de una obra mayor o una obra menor? Este tipo de preguntas siempre nos las formulamos cuando queremos hacer cualquier tipo de reforma en casa.


Si estás pensando en reforma tu casa, lo primero que debes saber es la magnitud de la obra, es decir si se trata de una obra mayor o una obra menor. No obstante, debemos saber que cualquier tipo de obra, aunque sea pequeña, necesitará de su correspondiente licencia, que puede ser licencia de obra menor o mayor.

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Es normal no conocer las diferencias exactas entre cada uno de estos términos, pues son conceptos, que no usamos en el día a día.  Sin embargo, al iniciar cualquier obra,  es muy importante diferenciarlos,  puesto que nos ayudará a saber concretamente que permisos y licencias se deben solicitar para iniciar las obras.

GRUPO PRO7 puede ayudarte a resolver tus dudas sobre el tipo de licencia que tiene que solicitar, solo tienes que ponerse en contacto con nosotros y hacernos tu consulta sin ningún tipo de compromiso. Cabría destacar que cada ayuntamiento tiene sus propios criterios al respecto, pero podemos establecer como genéricas las siguientes diferencias:

  1. Se entiende por OBRA MAYOR:
  • Principalmente, aquellas obras de nueva planta. Incluyéndose cualquier tipo de cubriciones.
  • Obras de ampliación, donde aumentemos la superficie, volumen y/o altura de edificación existente.
  • Aquellas reformas que afecten a la estructura de la edificación existente. Por ejemplo, creación de nuevos huecos en fachada, eliminación de muros de cargas o forjados, eliminación de pilares, etc.
  • La rehabilitación integral de edificaciones ya existentes, es decir, las rehabilitaciones no parciales.
  • Cualquier obra que modifique las condiciones de habitabilidad, establecidas mediante el Decreto 145/1997 modificado parcialmente por el Decreto 20/2007.

Para solicitar este tipo de licencias, licencia de obra mayor, se requiere un Proyecto técnico por triplicado, firmado por un técnico competente y visado por el correspondiente Colegio Oficial.

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  1. Se entiende por OBRA MENOR:
  • Aquellas obras que, por su sencillez constructiva y escaso presupuesto, puedan considerarse como tales (pintar, cambiar pavimento, alicatar, sustituir sanitarios, etc.).
  • Aquellas que no impliquen modificación de usos, el cambio de uso de vivienda.
  • No afecten, modifiquen o incidan en elementos comunes del edificio, especialmente estructura y ubicación de conductos generales de saneamiento y/o ventilación, ni en el aspecto exterior de los edificios (las fachadas).

Para solicitar este tipo de licencias, licencia de obra menor, deberá justificarse la adecuación de la obra a las normas urbanísticas y garantizar que la misma no afectará a la seguridad estructural del inmueble.

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GRUPO PRO7 puede ayudarle a tramitar todo el proceso para obtener la licencia de obra mayor o licencia de obra menor. Solo tiene que ponerse en contacto con nosotros, puede llamar al 868 79 00 37.

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